
Consejo del día
El descanso mental es parte del estudio, no lo contrario. Un cerebro en calma retiene más.


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Prácticos · Tema 35
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2. Modalidades de extinción
Clasifique las causas de extinción del contrato del artículo 49 del Estatuto según la voluntad que las provoca y explique en qué consiste la extinción causal a instancia del trabajador del artículo 50.
El art. 49 ET enumera las causas, que se agrupan según la voluntad:
La extinción causal del artículo 50 permite al trabajador pedir al juez la extinción con la indemnización del despido improcedente cuando el empresario incumple gravemente: modificaciones que lesionen su dignidad, impago o retrasos continuados del salario u otros incumplimientos graves. De la causa depende, además, el acceso a la prestación por desempleo (que exige pérdida involuntaria).
3. El despido disciplinario
Explique el concepto, la naturaleza y las causas del despido disciplinario, así como los requisitos de forma que debe reunir (la carta de despido).
El despido disciplinario (art. 54 ET) es la extinción del contrato por decisión del empresario fundada en un incumplimiento grave y culpable del trabajador; es la máxima sanción del poder disciplinario. Su naturaleza: acto unilateral, recepticio, causal y formal.
Causas (art. 54.2): faltas repetidas de asistencia o puntualidad, indisciplina o desobediencia, ofensas verbales o físicas, transgresión de la buena fe y abuso de confianza, disminución continuada y voluntaria del rendimiento, embriaguez o toxicomanía habitual que repercuta, y acoso.
Forma (art. 55.1): notificación por escrito (carta de despido) con los hechos y la fecha de efectos; los requisitos del convenio; expediente contradictorio si es representante; y, según la doctrina reciente (Convenio 158 OIT), audiencia previa al trabajador. Las faltas muy graves prescriben a los 60 días.
5. La calificación del despido
Explique la calificación judicial del despido disciplinario (procedente, improcedente y nulo) y sus efectos, precisando la indemnización del despido improcedente.
El trabajador dispone de 20 días hábiles para impugnar; el juez califica el despido (art. 55 ET):
Pregunta corta
¿Cuál es la indemnización del despido improcedente?
33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades (con un régimen transitorio de 45 días por el tiempo trabajado antes del 12/2/2012), según el art. 56 ET.
Pregunta corta
¿Qué debe contener la carta de despido?
Los hechos que motivan el despido y la fecha en que tendrá efectos (art. 55.1 ET). El empresario no podrá alegar en juicio hechos distintos de los que figuren en ella.
Pregunta corta
¿De qué plazo dispone el trabajador para impugnar el despido?
20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido, previa presentación de la papeleta de conciliación (que suspende el plazo). Es un plazo de caducidad.
Pregunta corta
¿Qué efecto tiene el despido nulo?
La readmisión obligatoria e inmediata del trabajador con abono de los salarios de tramitación; no cabe sustituir la readmisión por indemnización (art. 55 ET).
Pregunta corta
¿Cuál es la indemnización del despido colectivo y del objetivo?
20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades (arts. 51 y 53 ET).
Pregunta corta
¿Qué son los salarios de tramitación y cuándo se devengan?
Los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia. Se devengan en el despido nulo y en el improcedente con readmisión (y cuando el despedido es representante).