
Consejo del día
El descanso mental es parte del estudio, no lo contrario. Un cerebro en calma retiene más.


Consejo del día
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Prácticos · Tema 39
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2. Conceptos generales
Explique el concepto de situación protegible y de prestación, los requisitos generales para acceder a las prestaciones económicas y cómo se determina su cuantía.
Una situación protegible (contingencia) es el acontecimiento que produce una situación de necesidad; el hecho causante es el suceso concreto que origina el derecho. La prestación es la respuesta del sistema (económica, en especie —asistencia sanitaria— o servicios sociales).
Requisitos generales: estar afiliado y en alta (o situación asimilada); acreditar un periodo previo de cotización o carencia (salvo en contingencias profesionales, que no la exigen); y que se produzca el hecho causante.
La cuantía se calcula, por lo general, aplicando un porcentaje a una base reguladora (promedio de las bases de cotización de un periodo): cuantía = % × BR. Así la prestación es proporcional a lo cotizado, y está sujeta a topes y a revalorización.
3. Las prestaciones económicas
Describa la prestación por incapacidad temporal y los grados de incapacidad permanente, precisando su cuantía.
La incapacidad temporal (IT) protege al trabajador impedido temporalmente para trabajar. Duración máxima de 365 días (+180). Cuantía en enfermedad común: nada los 3 primeros días, 60 % de la BR del 4.º al 20.º y 75 % desde el 21.º; en contingencias profesionales, 75 % desde el día siguiente a la baja.
La incapacidad permanente (IP) se reconoce en grados:
4. El régimen de autónomos (RETA)
Explique el régimen especial de trabajadores autónomos: campo de aplicación, cotización y acción protectora.
El RETA protege a quien ejerce una actividad económica por cuenta propia de forma habitual, personal y directa. Se rige por la Ley 20/2007 (Estatuto del Trabajo Autónomo) y la LGSS. El alta es obligatoria al iniciar la actividad. Existe la figura del TRADE (autónomo económicamente dependiente: al menos el 75 % de sus ingresos de un solo cliente), con protección reforzada.
La cotización, desde el RDL 13/2022, se realiza por ingresos reales: el autónomo se encuadra en un tramo según sus rendimientos netos (con base mínima y máxima), y existe una tarifa plana al inicio. La acción protectora se ha equiparado a la del régimen general (IT, IP, jubilación, muerte y supervivencia, contingencias profesionales) e incluye la prestación por cese de actividad. La tendencia es la convergencia con el régimen general.
Pregunta corta
¿Qué es la base reguladora?
La magnitud sobre la que se calcula la prestación, obtenida promediando las bases de cotización de un periodo. La cuantía de la prestación = porcentaje × base reguladora.
Pregunta corta
Cuantía de la incapacidad temporal por enfermedad común.
Los 3 primeros días no se cobran; del 4.º al 20.º, el 60 % de la BR; a partir del 21.º, el 75 %. En contingencias profesionales, el 75 % desde el día siguiente a la baja.
Pregunta corta
Diferencia entre incapacidad permanente total y absoluta.
La total inhabilita para la profesión habitual pero permite otra distinta (pensión del 55 % de la BR); la absoluta inhabilita para toda profesión (pensión del 100 % de la BR).
Pregunta corta
Requisitos básicos de la jubilación.
Haber cesado en el trabajo, alcanzar la edad ordinaria (hasta 67 años, o 65 con largas carreras) y una carencia de 15 años cotizados (2 dentro de los últimos 15). La cuantía es un % de la BR según los años cotizados.
Pregunta corta
¿Qué carencia exige la prestación contributiva por desempleo y quién la gestiona?
360 días cotizados en los últimos 6 años y estar en situación legal de desempleo. La gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Puede cobrarse en pago único para emprender.
Pregunta corta
¿En qué consiste la cotización de los autónomos por ingresos reales?
Desde el RDL 13/2022, el autónomo cotiza según sus rendimientos netos, encuadrándose en un tramo con base mínima y máxima, en lugar de elegir libremente su base; con tarifa plana al inicio.