Inspectores de Educación 2026: nuevo temario de la oposición
El BOE aprueba el nuevo temario de Inspectores de Educación: 9 áreas en la parte A y 25 temas en la B. Deroga el de 2009 y entra en vigor el 7 de octubre.

El BOE de hoy, jueves 17 de septiembre de 2026, publica la Orden EFD/968/2026, que aprueba el nuevo temario de la fase de oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación. Sustituye al que estaba vigente desde 2009 y entra en vigor el 7 de octubre de 2026.
El cambio es de fondo. El temario deja de ser una lista cerrada de temas en su primera parte y pasa a organizarse en nueve áreas temáticas con 66 epígrafes, sobre las que se pregunta en un cuestionario de desarrollo breve. La segunda parte mantiene el formato clásico: 25 temas que cada comunidad puede ampliar.
Datos clave
- Norma: Orden EFD/968/2026, de 14 de septiembre (BOE-A-2026-19351).
- A quién afecta: a quien prepare el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.
- Parte A: 9 áreas temáticas con 66 epígrafes, comunes y generales.
- Parte B: 25 temas de ámbito autonómico, ampliables.
- Ampliación autonómica: cada Administración educativa puede añadir hasta 15 temas más a la parte B.
- Ámbito del Ministerio: añade 7 temas (del 26 al 32), aplicables en Ceuta y Melilla.
- Deroga: la Orden EDU/3429/2009 y la Orden EDU/617/2010.
- Entrada en vigor: 7 de octubre de 2026, a los veinte días de su publicación.
- Legislación aplicable en el examen: la vigente el día de la primera prueba.
¿Qué cambia respecto al temario anterior?
El temario de 2009 llevaba diecisiete años en vigor. El nuevo se aprueba para completar el desarrollo del Real Decreto 68/2026, de 4 de febrero, que regula la inspección educativa, y se adapta a su estructura de pruebas.
La diferencia más visible está en la parte A. Ya no se estudia para «cantar» un tema: la orden la define como un bloque común, transversal y general, dividido en nueve áreas con sus epígrafes, y avisa de que el cuestionario incluirá preguntas de todas las áreas, sin concentrarse en unas pocas. El anexo IV añade que las preguntas podrán ser directas, relacionales o aplicadas, y que pueden exigir integrar contenidos de varios epígrafes.
Dicho de otro modo: se evalúa el conocimiento global y la capacidad de relacionar, no la memorización de un tema suelto.
¿Cuáles son las nueve áreas de la parte A?
Estas son, con el número de epígrafes de cada una:
- 1. El sistema educativo español: fundamentos, normativa, organización y dimensión internacional (8 epígrafes).
- 2. Currículo y proceso de enseñanza y aprendizaje (6).
- 3. Equidad educativa: inclusión, igualdad de oportunidades y escolarización (5).
- 4. Profesorado en el sistema educativo no universitario (4).
- 5. Centros docentes: autonomía, organización, participación y régimen jurídico (11).
- 6. Ordenación de las enseñanzas no universitarias (11).
- 7. La inspección educativa en España (9).
- 8. Evaluación y mejora del sistema educativo (3).
- 9. Marcos normativos transversales con incidencia en la función inspectora (9).
Las áreas más extensas son centros docentes y ordenación de las enseñanzas, con once epígrafes cada una, seguidas de inspección educativa y marcos normativos transversales, con nueve. Entre las cuatro suman 40 de los 66 epígrafes: ahí está el grueso del estudio.
Entre los contenidos nuevos aparecen la competencia digital y la integración ética y segura de la inteligencia artificial en la enseñanza, dentro del área 2.
¿Y la parte B?
La parte B mantiene la estructura de temas y mira al territorio. Son 25 temas que giran alrededor de la comunidad autónoma convocante: su Estatuto de Autonomía y competencias educativas, la participación de los sectores sociales, los derechos y deberes lingüísticos y los regímenes de cooficialidad, la orientación educativa, la digitalización de los centros, la protección de menores y los protocolos de absentismo, o la convivencia y el acoso escolar.
Sobre esos 25 temas, cada Administración educativa puede añadir hasta 15 más, referidos a la estructura y el funcionamiento de sus órganos de inspección y a su organización administrativa. Es decir: el temario final de tu comunidad puede llegar a 40 temas en la parte B.
El Ministerio ya ha ejercido esa opción en su ámbito de gestión, Ceuta y Melilla, añadiendo siete temas (del 26 al 32) sobre las características socioeducativas de ambas ciudades, la organización de sus centros, las evaluaciones de diagnóstico y las actuaciones de innovación.
¿Cómo es la oposición a Inspector de Educación?
El acceso es por concurso-oposición, según el Real Decreto 68/2026, y la fase de oposición tiene tres pruebas eliminatorias, cada una de 0 a 10 puntos, con un mínimo de 5 para pasar a la siguiente:
- Cuestionario escrito de entre 20 y 30 preguntas de desarrollo breve sobre la parte A, con corrección anónima. Pesa un 30 %.
- Prueba práctica escrita: uno o varios supuestos prácticos sobre las técnicas de la actuación inspectora, en la que puede exigirse elaborar un informe de inspección. Hay que leerla ante el tribunal y pesa un 40 %: es la prueba que más cuenta.
- Exposición oral de un tema de la parte B, elegido entre dos extraídos por sorteo. Pesa un 30 %.
En la prueba práctica y en la exposición oral, el tribunal puede hacer preguntas, y las sesiones son públicas.
Después llega la fase de concurso, que valora la trayectoria profesional, los méritos docentes y el desempeño de cargos directivos con evaluación positiva; y una fase de prácticas selectiva, de más de seis meses y hasta un año de ejercicio efectivo de la función inspectora, con tutor y un curso de formación específico. Se califica como apto o no apto.
¿Qué requisitos se piden para presentarse?
Los fija el Real Decreto 68/2026, y son exigentes:
- Ser funcionario de carrera de alguno de los cuerpos docentes, con una antigüedad mínima de ocho años.
- Acreditar ocho años de experiencia docente como funcionario de carrera.
- Estar en posesión del título de Doctorado, Máster Universitario, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o equivalente al nivel 3 del MECES.
- No ser ya funcionario del Cuerpo de Inspectores de Educación, ni estar en prácticas o pendiente de nombramiento.
- Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.
- Acreditar, cuando proceda, el conocimiento de la lengua cooficial de la comunidad convocante.
Hay además una vía distinta: las convocatorias pueden reservar hasta un tercio de las plazas a un concurso de méritos dirigido al profesorado que haya ejercido, con evaluación positiva, al menos tres mandatos como director o directora de un centro educativo.
¿Desde cuándo se aplica el nuevo temario?
La orden entra en vigor el 7 de octubre de 2026, a los veinte días de su publicación. A partir de ahí, las convocatorias de acceso al cuerpo deberán ajustarse a este temario.
Un detalle que conviene tener presente al estudiar: la propia orden dice que, a efectos de legislación, se entiende la vigente en la fecha de realización de la primera prueba. Estudiar con normativa desactualizada es, en esta oposición, un problema serio.
¿Dónde puedes prepararte gratis?
Para opositar a Inspección hay que ser antes docente, y ahí es donde empieza el camino. En nuestra web tienes material de los cuerpos docentes sin registro y sin pagar:
- Temario y tests de oposiciones de Educación, con los cuerpos docentes y sus especialidades.
- Temario de Orientación Educativa, una de las especialidades del cuerpo 590 más cercanas a la función inspectora.
- Temario de Maestros, para el cuerpo 597.
- Tests por leyes para la Constitución, la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015, que sostienen buena parte del área de marcos normativos.
Nueve áreas, 66 epígrafes y hasta 40 temas en la parte B según la comunidad. El temario de Inspección se renueva por primera vez en diecisiete años, y quien lo prepare a partir de octubre estudiará otra cosa.
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, Orden EFD/968/2026, de 14 de septiembre, BOE núm. 230, de 17 de septiembre de 2026, y Real Decreto 68/2026, de 4 de febrero, por el que se regula la inspección educativa. El recuento de áreas, epígrafes y temas procede de la lectura de los anexos de la orden.
Por Redacción · Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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