Tema 51 · Administración de Empresas
Otras entidades financieras: sociedades de leasing y de factoring y sociedades de garantía recíproca
Epígrafe oficial: Otras entidades financieras: Sociedades de leasing y de factoring. Sociedades de Garantía Recíproca.
Tema desarrollado siguiendo la estructura habitual de la oposición. La información es orientativa: verifica siempre el temario, la normativa y el currículo vigentes en tu convocatoria y tu comunidad autónoma.
Índice
- 0. Introducción
- 1. Relación con el currículo
- 2. Las otras entidades financieras: los establecimientos financieros de crédito
- 3. Las sociedades de leasing
- 4. Las sociedades de factoring
- 5. Las sociedades de garantía recíproca
- 6. Conclusiones
- 7. Bibliografía y webgrafía
0. Introducción
El tema anterior estudió las entidades de crédito bancarias (banca, cajas y cooperativas). Junto a ellas operan otras entidades financieras especializadas que, sin captar depósitos del público, cumplen un papel esencial en la financiación de la empresa, especialmente de las pymes y autónomos, que encuentran en ellas alternativas y complementos al crédito bancario tradicional.
Este tema estudia tres figuras muy relevantes para la gestión financiera empresarial: las sociedades de leasing (que financian bienes de equipo mediante arrendamiento financiero), las sociedades de factoring (que gestionan y anticipan el cobro de las facturas) y las sociedades de garantía recíproca (que avalan a las pymes para que accedan a mejor financiación). Seguiremos el orden del título, situándolas antes en el marco de las "otras entidades financieras".
1. Relación con el currículo
Dentro de la familia profesional de Administración y Gestión (marco de la LOE 2/2006, modificada por la LOMLOE 3/2020, y de la Ley Orgánica 3/2022 de Formación Profesional), este tema sustenta:
- Administración y Finanzas (Grado Superior, Real Decreto 1584/2011): los módulos Gestión financiera y Productos y servicios financieros y de seguros, en las fuentes de financiación de la pyme.
- Gestión Administrativa (Grado Medio, Real Decreto 1631/2009): los productos financieros para la empresa.
El enfoque didáctico útil es práctico: comparar cuándo conviene a una pyme comprar con leasing en vez de con préstamo, o factorizar sus facturas para obtener liquidez, y cómo un aval de una SGR abarata su crédito. Se citará la normativa autonómica del currículo correspondiente.
2. Las otras entidades financieras: los establecimientos financieros de crédito
Junto a las entidades de crédito bancarias existen otros intermediarios especializados que no captan depósitos del público pero conceden financiación o prestan servicios financieros. Su exponente son los establecimientos financieros de crédito (EFC), regulados por la Ley 5/2015, de fomento de la financiación empresarial y supervisados por el Banco de España. Se financian en los mercados (no con depósitos) y se especializan en actividades concretas: crédito al consumo, crédito hipotecario, arrendamiento financiero (leasing), factoring y concesión de avales y garantías. Cumplen una función de complemento a la banca, ampliando y diversificando la oferta de financiación, sobre todo para las pymes.
3. Las sociedades de leasing
Las sociedades de leasing tienen por objeto el arrendamiento financiero (estudiado en el tema 43). Suelen ser establecimientos financieros de crédito o filiales de entidades bancarias. Su operativa es característica: el cliente elige el bien de equipo y su proveedor; la sociedad de leasing adquiere ese bien y se lo cede en uso al cliente a cambio de cuotas periódicas, con una opción de compra (por el valor residual) al término del contrato.
Se distinguen el leasing financiero (el más común, con clara vocación de compra final), el leasing operativo (más flexible, con mantenimiento incluido, próximo al alquiler) y el lease-back o retroleasing (la empresa vende un bien propio a la sociedad y simultáneamente lo toma en leasing, obteniendo liquidez sin perder su uso). Sus ventajas son la financiación del 100 % del bien, la flexibilidad y un tratamiento fiscal favorable (deducibilidad de las cuotas con amortización acelerada). Conviene distinguirlo del renting (alquiler a largo plazo con servicios y sin vocación de compra).
4. Las sociedades de factoring
Las sociedades de factoring prestan un servicio integral de gestión y financiación de los créditos comerciales de una empresa. Mediante el contrato de factoring, la empresa (cedente) cede sus facturas pendientes de cobro (los derechos de crédito frente a sus clientes) a la sociedad de factoring (el factor), que le presta uno o varios de estos servicios:
- Gestión de cobro (administrativa): el factor administra y reclama el cobro de las facturas.
- Financiación: el factor anticipa el importe de las facturas, aportando liquidez inmediata a la empresa.
- Cobertura del riesgo de insolvencia del deudor (según la modalidad).
Sus modalidades principales son: el factoring sin recurso (el factor asume el riesgo de impago del deudor; el cedente no responde de la insolvencia) frente al con recurso (el cedente responde si el deudor no paga); y el factoring con o sin notificación al deudor de la cesión. Su reverso es el confirming (visto en el tema 46): la gestión de los pagos a proveedores. El factoring es muy útil para la pyme, que externaliza la gestión de cobro, obtiene liquidez y puede cubrir el riesgo de sus clientes.
5. Las sociedades de garantía recíproca
Las sociedades de garantía recíproca (SGR) son entidades financieras cuyo objeto es facilitar el acceso de las pymes y autónomos a la financiación, prestándoles avales y garantías ante las entidades de crédito y las Administraciones. Se regulan por la Ley 1/1994, sobre régimen jurídico de las sociedades de garantía recíproca, y están supervisadas por el Banco de España. Son sociedades mercantiles especiales, de capital variable y sin ánimo de lucro, con dos clases de socios:
- Socios partícipes: las pymes y autónomos que reciben los avales (para obtenerlos han de ser socios de la SGR, de ahí lo de "recíproca").
- Socios protectores: administraciones públicas, cámaras, bancos y asociaciones que aportan recursos a la sociedad pero no reciben avales.
Funcionamiento: la pyme, como socia partícipe, solicita a la SGR un aval; con él acude a la entidad de crédito y obtiene la financiación en mejores condiciones (menor tipo de interés, mayor plazo), porque el riesgo lo asume la SGR. A su vez, la SGR se reafianza en la Compañía Española de Reafianzamiento (CERSA), que cubre una parte del riesgo con apoyo público y europeo (Fondo Europeo de Inversiones). Además del aval, las SGR ofrecen asesoramiento financiero a sus socios. Su función es clave para corregir las dificultades de acceso al crédito de las pequeñas empresas por falta de garantías.
6. Conclusiones
Las otras entidades financieras —singularmente los establecimientos financieros de crédito— complementan a la banca en la financiación de la economía. Las sociedades de leasing financian bienes de equipo mediante arrendamiento financiero con opción de compra; las sociedades de factoring gestionan, anticipan y, en su caso, aseguran el cobro de las facturas; y las sociedades de garantía recíproca avalan a las pymes y autónomos para que accedan a mejor financiación, reafianzadas por CERSA. Las tres figuras comparten un mismo objetivo: mejorar la financiación de la pequeña y mediana empresa.
Para el profesorado de Administración de Empresas, este tema tiene gran valor aplicado: son productos que el alumnado manejará al gestionar la financiación de una empresa real. Enlaza con las fuentes de financiación, la gestión de tesorería y el sector financiero, y conecta con el tema siguiente sobre la comercialización de productos y servicios financieros.
7. Bibliografía y webgrafía
- Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial (establecimientos financieros de crédito).
- Ley 1/1994, de 11 de marzo, sobre régimen jurídico de las sociedades de garantía recíproca.
- Manuales de Gestión financiera y del módulo Productos y servicios financieros y de seguros (familia de Administración y Gestión).
- Webgrafía: Banco de España (bde.es), Compañía Española de Reafianzamiento (cersa-sme.es), Confederación Española de Sociedades de Garantía Recíproca (CESGAR, cesgar.es) e Instituto de Crédito Oficial (ico.es).
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Material de repaso 📐
Repasa el tema con el esquema de llaves y las flashcards de recuerdo activo.
Ver esquema de llaves
- 2-3EFC y sociedades de leasing
- Otras entidades = NO captan depósitos pero financian · Establecimientos Financieros de Crédito (EFC, Ley 5/2015, supervisa BdE)
- EFC especializados: consumo, hipotecario, leasing, factoring, avales · complementan a la banca (pymes)
- Sociedades de leasing: arrendamiento financiero (ver tema 43) · cliente elige bien → sociedad compra y cede en uso por cuotas + opción de compra
- Tipos: financiero / operativo / lease-back · financia 100%, ventaja fiscal · ≠ renting (sin opción de compra)
- 4Sociedades de factoring
- Empresa (cedente) cede sus FACTURAS a cobrar al FACTOR
- Servicios: gestión de cobro + FINANCIACIÓN (anticipo, liquidez) + cobertura del riesgo de insolvencia
- SIN recurso (el factor asume el impago) vs CON recurso (responde el cedente) · con/sin notificación al deudor
- Reverso = confirming (gestión de pagos a proveedores, ver tema 46) · útil para la pyme
- 5Sociedades de Garantía Recíproca
- SGR: avalan a pymes/autónomos ante bancos y Administraciones (Ley 1/1994, supervisa BdE)
- Capital variable, sin ánimo de lucro · socios PARTÍCIPES (pymes que reciben aval, deben ser socios) y PROTECTORES (AAPP/bancos, aportan, no reciben aval)
- Con el aval la pyme obtiene crédito en mejores condiciones (menor tipo, más plazo); el riesgo lo asume la SGR
- Se reafianza en CERSA (apoyo público + FEI europeo) · también asesoramiento financiero
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