Tema 33 · Policía Nacional (Escala Básica)
La seguridad y las teorías de la delincuencia
Epígrafe oficial: La seguridad. Concepto. Seguridad individual y seguridad colectiva. Seguridad pública y seguridad privada. La inseguridad. Teorías explicativas de la delincuencia: concepto, modelos explicativos y clases de delincuencia.
Tema desarrollado a nivel élite para preparar el examen de conocimientos de la Escala Básica (100 preguntas, 50 minutos). La información es orientativa y está verificada a fecha de actualización: el contenido evaluable lo fija el temario del anexo I de tu convocatoria. Es un tema del bloque de materias sociales, situado en el corazón de la función policial; los autores, escuelas y teorías que se citan son de referencia común en criminología, sin datos inventados.
Índice
- 0. Introducción
- 1. La seguridad: concepto
- 2. Seguridad individual y seguridad colectiva
- 3. Seguridad pública y seguridad privada
- 4. La inseguridad y el miedo al delito
- 5. La criminología y el estudio de la delincuencia
- 6. La Escuela Clásica
- 7. La Escuela Positiva
- 8. Las teorías sociológicas de la delincuencia
- 9. Las teorías de la oportunidad y la prevención situacional
- 10. Clases de delincuencia y cifra negra
- 11. Ideas fuerza para el test
0. Introducción
Este tema, del bloque de materias sociales, aborda un contenido que se sitúa en el corazón mismo de la función policial: la seguridad y las teorías que explican la delincuencia. Comprender qué es la seguridad, cómo se distingue de la inseguridad y qué factores explican por qué las personas delinquen no es un ejercicio puramente teórico: es el fundamento sobre el que se diseñan las políticas de prevención y la actuación policial. La disciplina que estudia científicamente el delito es la criminología, cuyos conceptos y escuelas se examinan en este tema.
Para el futuro policía, conocer las causas del delito es una herramienta imprescindible para prevenirlo y combatirlo con eficacia, y para comprender que la seguridad no se garantiza solo con la represión, sino sobre todo con la prevención, la proximidad y la confianza de la ciudadanía en sus instituciones. A lo largo del tema se recorrerán los conceptos de seguridad (individual y colectiva, pública y privada), la inseguridad objetiva y subjetiva, la criminología y sus grandes escuelas (clásica y positiva), las principales teorías sociológicas y de la oportunidad, y las clases de delincuencia. Conviene fijar con cuidado los autores y las teorías, porque son la base de las preguntas de test y una de las materias que más se preguntan de este bloque.
1. La seguridad: concepto
La seguridad puede definirse como el estado de tranquilidad que resulta de la ausencia de peligro, daño o riesgo, o de la confianza en que estos están controlados. Etimológicamente, «seguro» procede del latín securus (sine cura, «sin preocupación»). La seguridad es una de las necesidades básicas del ser humano: en la conocida pirámide de Maslow, las necesidades de seguridad ocupan el segundo nivel, inmediatamente por encima de las fisiológicas, lo que revela su carácter esencial para la vida y el desarrollo de la persona. Sin un mínimo de seguridad, no es posible ejercer con normalidad ningún otro derecho ni desarrollar proyecto de vida alguno.
La seguridad tiene, además, una dimensión jurídica y política de primer orden. La Constitución española la menciona en varios lugares: como valor ligado a la libertad; como el derecho a la libertad y a la seguridad personales del artículo 17; como el principio de seguridad jurídica del artículo 9.3 (la certeza del Derecho); y como la seguridad ciudadana cuya protección encomienda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad el artículo 104. Garantizar la seguridad es, en definitiva, una de las razones de ser del Estado y una condición para el ejercicio efectivo de los derechos y libertades.
El concepto de seguridad ha ido ampliándose con el tiempo. Junto a la seguridad frente al delito, se habla hoy de seguridad nacional —regulada en España por la Ley 36/2015, de Seguridad Nacional, y articulada mediante la Estrategia de Seguridad Nacional—, que integra la defensa, la seguridad pública, la ciberseguridad, la protección de infraestructuras críticas o la respuesta a emergencias. En el plano internacional, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) acuñó en 1994 el concepto de seguridad humana, entendida como la protección de las personas frente al «miedo» y frente a la «necesidad», que amplía la idea de seguridad más allá de lo militar y policial para abarcar la seguridad económica, alimentaria, sanitaria o ambiental. La seguridad es, así, a la vez un derecho de la persona y un servicio público esencial que el Estado debe prestar.
Dato de examen: la seguridad es una necesidad básica situada en el segundo nivel de la pirámide de Maslow. En la Constitución: libertad y seguridad personales (art. 17), seguridad jurídica (art. 9.3) y seguridad ciudadana encomendada a las FCS (art. 104). La seguridad humana (frente al miedo y a la necesidad) es del PNUD (1994); la seguridad nacional, de la Ley 36/2015.
2. Seguridad individual y seguridad colectiva
Atendiendo al sujeto protegido, la seguridad se distingue en individual y colectiva:
- La seguridad individual es la que se refiere a la persona concreta y a sus bienes: su vida, su integridad, su libertad y su patrimonio. Se corresponde con el derecho a la libertad y seguridad del artículo 17 de la Constitución, que protege a la persona frente a detenciones o privaciones de libertad ilegales.
- La seguridad colectiva es la que se refiere a la comunidad o sociedad en su conjunto: la tranquilidad y el orden del grupo social. Es un bien de todos, que trasciende a cada individuo.
Ambas dimensiones están conectadas: no hay seguridad colectiva sin seguridad de los individuos, ni verdadera seguridad individual si la comunidad en su conjunto no es segura. La función policial protege a la vez ambas: al defender a cada ciudadano, garantiza la seguridad de todos.
Existe, además, una tensión clásica entre la seguridad y la libertad que conviene tener muy presente, porque define el modelo policial de un Estado de Derecho. En una democracia, la seguridad no puede alcanzarse a costa de sacrificar los derechos y las libertades: por el contrario, la seguridad está al servicio de la libertad, pues solo en una sociedad segura pueden ejercerse los derechos con normalidad. Las medidas de seguridad que limitan derechos (registros, identificaciones, cacheos, videovigilancia) deben respetar siempre los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad y estar sometidas al control de los tribunales. El equilibrio entre ambos valores —seguridad y libertad— es una de las claves de la actuación policial en democracia, y distingue a la policía de un Estado de Derecho de la de un régimen autoritario, que sacrifica la libertad en nombre de una seguridad entendida como mero control.
3. Seguridad pública y seguridad privada
Atendiendo a quién la presta, se distingue la seguridad pública de la privada:
- La seguridad pública es la que corresponde garantizar a los poderes públicos, como servicio esencial dirigido a proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y a mantener el orden y la tranquilidad ciudadana. Su garantía se encomienda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (art. 104 CE) y constituye una competencia exclusiva del Estado (art. 149.1.29.ª CE), sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas con policía propia y de las policías locales. La seguridad ciudadana es la vertiente de la seguridad pública que garantiza la convivencia y el pacífico ejercicio de los derechos en el espacio público, regulada por la Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana.
- La seguridad privada es la prestada por empresas y personal de seguridad privada (vigilantes, escoltas, guardas, detectives) para la protección de personas y bienes determinados. Se regula por la Ley 5/2014, de Seguridad Privada, que la configura como un servicio complementario y subordinado respecto de la seguridad pública, sometido al control de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. La seguridad privada no sustituye a la pública, sino que coopera con ella.
La relación entre ambas es de complementariedad: la seguridad privada asume la protección de intereses particulares y libera recursos públicos, pero siempre bajo la dirección y el control de la seguridad pública, que ostenta el monopolio de la coacción legítima. La Ley 5/2014 enumera el personal de seguridad privada —vigilantes de seguridad (y su especialidad de vigilantes de explosivos), escoltas privados, guardas rurales, jefes y directores de seguridad y detectives privados— y sujeta a las empresas a un régimen de autorización, registro e inspección. Los principios que rigen la seguridad privada son, entre otros, la legalidad, la integridad, la subordinación a la autoridad y la colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a las que el personal privado debe auxiliar y comunicar cuanta información relevante conozca sobre hechos delictivos.
Dato de examen: la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado (art. 149.1.29.ª CE) y se garantiza por las FCS (art. 104 CE); la seguridad ciudadana se regula por la LO 4/2015. La seguridad privada (Ley 5/2014) es complementaria y subordinada a la pública, nunca sustitutiva.
4. La inseguridad y el miedo al delito
La inseguridad es la situación opuesta a la seguridad: la existencia de un peligro, daño o riesgo, o la falta de confianza en que estén controlados. En su estudio es fundamental distinguir dos planos que no siempre coinciden:
- La inseguridad objetiva (o real) es la que se corresponde con el riesgo efectivamente existente: la delincuencia real, medida por las estadísticas y los hechos. Es un dato cuantificable.
- La inseguridad subjetiva (o percibida) es la sensación o percepción de inseguridad, el miedo al delito que experimentan las personas, con independencia del riesgo real. Es una vivencia psicológica y social.
La distinción es clave porque ambos planos pueden no coincidir: es frecuente que la sensación de inseguridad sea mayor que la inseguridad real, es decir, que las personas tengan más miedo del que justifican los datos. En esa percepción influyen factores como el tratamiento que los medios de comunicación dan a los sucesos (el efecto amplificador y la «alarma social»), la experiencia personal o de allegados, los rumores y los bulos, la vulnerabilidad percibida (mayor en personas de edad avanzada o en ciertos entornos) y el deterioro del entorno urbano. La sensación de inseguridad es un problema en sí mismo, porque afecta a la calidad de vida y a la libertad de las personas (les lleva a evitar lugares o a modificar sus hábitos), y por ello las políticas de seguridad deben atender tanto a la reducción de la delincuencia real como a la de la percepción de inseguridad.
Para medir la inseguridad se emplean distintas fuentes: las estadísticas policiales y judiciales (que reflejan la criminalidad conocida) y, para captar la percepción y los delitos no denunciados, las encuestas de victimización y los estudios de opinión. La respuesta a la inseguridad se articula a través de la prevención, que la criminología clasifica en tres niveles:
- La prevención primaria, dirigida al conjunto de la sociedad y a las causas profundas del delito (educación, empleo, urbanismo, políticas sociales).
- La prevención secundaria, orientada a los grupos o zonas de riesgo (colectivos vulnerables, barrios problemáticos, jóvenes en situación de riesgo).
- La prevención terciaria, centrada en quienes ya han delinquido, para evitar la reincidencia (reinserción, tratamiento, medidas penitenciarias).
Se distingue, además, la prevención situacional (reducir las oportunidades del delito actuando sobre el entorno) de la prevención social (actuar sobre las causas sociales), enfoques complementarios en los que la Policía desempeña un papel esencial. La respuesta al miedo al delito incluye también medidas de proximidad y de mejora de la información a la ciudadanía, porque una parte de la inseguridad subjetiva se combate con presencia policial visible y con confianza en las instituciones.
Dato de examen: distingue la inseguridad objetiva (delito real, medible por estadísticas) de la subjetiva (el miedo al delito, que suele ser mayor que el riesgo real, muy influido por los medios). La prevención tiene tres niveles: primaria (toda la sociedad), secundaria (grupos y zonas de riesgo) y terciaria (los que ya delinquieron, evitar la reincidencia). No confundas esa clasificación con la que opone prevención situacional (entorno) y social (causas).
5. La criminología y el estudio de la delincuencia
La criminología es la ciencia empírica e interdisciplinar que estudia el delito, el delincuente, la víctima y el control social. A diferencia del Derecho penal, que es una ciencia normativa (se ocupa de lo que debe ser: qué conductas son delito y qué pena les corresponde), la criminología es una ciencia fáctica o empírica (se ocupa de lo que es: por qué se delinque, cómo, quién y con qué consecuencias). Es, además, interdisciplinar, pues se nutre de la sociología, la psicología, la biología, la estadística y el Derecho.
El objeto de la criminología abarca cuatro grandes elementos: el delito (como fenómeno social, más allá de su definición legal), el delincuente (la persona que delinque y sus circunstancias), la víctima —cuyo estudio corresponde a la victimología, una rama que ha cobrado gran importancia— y el control social (el conjunto de mecanismos, formales e informales, con que la sociedad previene y reacciona ante el delito). El fin último de la criminología no es solo explicar la delincuencia, sino aportar conocimiento para prevenirla y para orientar la política criminal.
La criminología se sirve de métodos empíricos: la estadística criminal, las encuestas de victimización (que preguntan a la población por los delitos sufridos), los estudios de autoinforme (en los que se pregunta por los delitos cometidos) y los estudios biográficos o de casos. En cuanto al control social, se distingue entre el control social formal, ejercido por instituciones dotadas de potestad coactiva (la policía, la justicia, las prisiones), y el control social informal, ejercido por instancias como la familia, la escuela, el grupo de amigos, la religión o la opinión pública. Lo habitual es que el control informal sea el primero y más eficaz; el control formal —donde se sitúa la Policía— actúa cuando aquel fracasa.
Mención aparte merece la victimología, la rama que estudia a la víctima del delito, sus características, su relación con el autor y el impacto que sufre. Sus pioneros fueron Hans von Hentig y Benjamin Mendelsohn (mediados del siglo XX). La victimología distingue la victimización primaria (el daño directo causado por el delito), la victimización secundaria (el daño añadido por el trato inadecuado de las instituciones —policía, justicia, medios— cuando la víctima vuelve a sufrir al relatar o revivir los hechos) y la victimización terciaria (la que puede sufrir incluso el propio infractor por la reacción social). Su desarrollo ha impulsado el reconocimiento de derechos a las víctimas, plasmado en España en el Estatuto de la víctima del delito (Ley 4/2015).
Dato de examen: la criminología es empírica e interdisciplinar (estudia el ser); el Derecho penal es normativo (el deber ser). Objeto de la criminología: delito, delincuente, víctima (victimología) y control social (formal —policía, justicia— e informal —familia, escuela—). La victimización secundaria es el daño añadido por el trato de las instituciones.
6. La Escuela Clásica
El pensamiento criminológico se ha articulado históricamente en torno a dos grandes escuelas, cuya contraposición es fundamental para el examen. La primera es la Escuela Clásica (siglos XVIII-XIX), heredera de la Ilustración. Su texto fundacional es De los delitos y las penas (1764), del italiano Cesare Beccaria, a quien se suma el inglés Jeremy Bentham (autor del utilitarismo y del célebre proyecto carcelario del panóptico).
La Escuela Clásica parte del libre albedrío: el ser humano es libre y racional, y el delito es fruto de una decisión libre en la que la persona calcula las ventajas y los inconvenientes de delinquir. En consecuencia, para disuadir del delito la pena debe ser proporcionada al daño, legal (nadie puede ser castigado por una conducta que la ley no prevé como delito: principio de legalidad), cierta (lo importante no es la dureza, sino la certeza de que se aplicará), pronta y pública. Beccaria, además, criticó con contundencia la tortura y la pena de muerte, y reclamó un Derecho penal humano y garantista.
El legado de la Escuela Clásica es enorme: sentó las bases del Derecho penal moderno y de sus grandes principios garantistas —legalidad, proporcionalidad, presunción de inocencia, humanización de las penas, abolición de la tortura— y concibe la pena, ante todo, como una retribución justa por un hecho libremente cometido y como prevención general (disuadir a la sociedad). Su punto débil es que, al centrarse en el hecho y en la libertad abstracta, apenas se ocupa de la persona del delincuente ni de las causas sociales del delito, que serán precisamente el objeto de la escuela siguiente.
7. La Escuela Positiva
La Escuela Positiva (finales del siglo XIX) nace en Italia con una vocación científica y determinista opuesta a la clásica: aplica el método experimental al estudio del delincuente y sostiene que el delito no es una elección libre, sino el resultado de factores —biológicos, psíquicos o sociales— que predisponen o determinan a la persona a delinquir. Sus tres grandes figuras son:
- Cesare Lombroso, considerado el padre de la antropología criminal. En su obra El hombre delincuente (1876) formuló la célebre —y hoy desacreditada— teoría del «delincuente nato»: existiría un tipo de criminal reconocible por ciertos rasgos físicos (estigmas), fruto de un atavismo o regresión a estadios primitivos de la evolución. La teoría es hoy insostenible, pero Lombroso tiene el mérito de haber desplazado el foco del delito a la persona del delincuente y de haber impulsado el estudio científico de la criminalidad.
- Enrico Ferri, autor de la sociología criminal, que subrayó el peso de los factores sociales junto a los individuales y clasificó los factores del delito en antropológicos, físicos y sociales.
- Rafael Garofalo, jurista que acuñó el término «criminología» y elaboró la noción de «delito natural» y la de peligrosidad.
Para la Escuela Positiva, más que castigar el hecho, importa tratar al delincuente según su peligrosidad y defender a la sociedad; de ahí que impulsara las medidas de seguridad (aplicables a los sujetos peligrosos) junto a las penas. Estas dos escuelas representan la gran tensión del pensamiento criminológico: libre albedrío frente a determinismo, responsabilidad frente a causalidad, castigo del hecho frente a tratamiento de la persona.
Entre ambas surgieron posiciones intermedias o eclécticas, como la «Terza Scuola» italiana (Alimena, Carnevale), que trató de conciliar el libre albedrío con el determinismo. En España tuvo especial arraigo el correccionalismo, corriente que ponía el acento en la corrección y reinserción del delincuente más que en el castigo, con figuras destacadas como Concepción Arenal —pionera del pensamiento penitenciario y de la defensa de un trato humano al recluso— y Pedro Dorado Montero. Esta sensibilidad conecta con el mandato del artículo 25.2 de la Constitución, que orienta las penas privativas de libertad hacia la reeducación y la reinserción social.
El sistema penal español actual combina el legado de ambas escuelas: de la Clásica conserva los principios garantistas y la pena como retribución proporcionada; de la Positiva, la atención a la persona del delincuente, la idea de peligrosidad, las medidas de seguridad y la orientación de la pena hacia la prevención y la reinserción.
Dato de examen: Escuela Clásica = Beccaria («De los delitos y las penas», 1764) + Bentham; libre albedrío, el delito como elección racional, pena proporcionada y garantista. Escuela Positiva = Lombroso (el «delincuente nato», atavismo), Ferri (sociología criminal) y Garofalo (acuñó «criminología»); determinismo, el delito causado por factores. Recuerda que fue Garofalo quien dio nombre a la disciplina.
8. Las teorías sociológicas de la delincuencia
Superadas las escuelas clásicas, la criminología del siglo XX ha desarrollado numerosas teorías, que suelen agruparse en tres grandes modelos según dónde sitúen la causa principal del delito. Los modelos biológicos buscan las causas en factores orgánicos o hereditarios (herencia, genética, hormonas, bioquímica cerebral, y en su origen el atavismo de Lombroso o la controvertida teoría del cromosoma XYY); hoy se consideran, por sí solos, insuficientes y han sido muy criticados por su reduccionismo y su riesgo de estigmatización. Los modelos psicológicos sitúan la causa en la personalidad y los procesos psíquicos: incluyen las explicaciones psicoanalíticas, las teorías del aprendizaje (la conducta delictiva se aprende por condicionamiento o por imitación de modelos, como en el aprendizaje social de Bandura) y el estudio de rasgos como la impulsividad o la falta de empatía; explican bien ciertos casos, pero no el conjunto. Y los modelos sociológicos, los más influyentes en la criminología actual, sitúan las causas del delito en el entorno social, las estructuras y las relaciones. Las principales teorías sociológicas son las siguientes:
- La Escuela de Chicago y la desorganización social (primer tercio del siglo XX): aplicando la «ecología urbana», Shaw y McKay relacionaron el delito con la degradación de ciertas zonas urbanas (las «zonas de transición»), donde el debilitamiento de los controles comunitarios favorece la delincuencia con independencia de quién viva en ellas.
- La teoría de la anomia: el concepto de anomia (ausencia o debilitamiento de las normas sociales) procede de Émile Durkheim. Robert Merton la reformuló (1938) como una tensión estructural entre las metas culturales que la sociedad propone (el éxito económico) y los medios legítimos disponibles para alcanzarlas: cuando estos faltan, algunos recurren a medios ilícitos. Merton describió cinco modos de adaptación: conformidad, innovación (aceptar las metas pero por medios ilícitos: la vía delictiva típica), ritualismo, retraimiento y rebelión.
- La teoría de la asociación diferencial de Edwin Sutherland (1939): la conducta delictiva se aprende en la interacción con otras personas, sobre todo en grupos íntimos, como cualquier otro comportamiento; se aprenden las técnicas y también las actitudes favorables a infringir la ley. Sutherland acuñó, además, el concepto de delito de «cuello blanco».
- Las teorías de las subculturas: Albert Cohen (Delinquent Boys, 1955) sostuvo que ciertos grupos, sobre todo juveniles, desarrollan una subcultura con valores opuestos a los dominantes como reacción a la frustración de estatus. Cloward y Ohlin añadieron la idea de oportunidad diferencial (también las oportunidades ilegítimas están desigualmente repartidas).
- La teoría del etiquetamiento o «labelling» (Howard Becker, Outsiders, 1963): el delito es en parte una construcción social; no importa solo el acto, sino la reacción social que lo etiqueta como desviado. Al «etiquetar» a alguien como delincuente, la sociedad puede reforzar su identidad y su carrera criminal (Lemert distinguió la desviación primaria de la secundaria, que surge como respuesta a la etiqueta).
- Las teorías del control (Travis Hirschi, Causes of Delinquency, 1969): invierten la pregunta habitual —no «por qué algunos delinquen», sino «por qué la mayoría no lo hace»— y responden que lo que nos aparta del delito son los vínculos sociales: el apego (a personas), el compromiso (con metas convencionales), la participación (en actividades) y la creencia (en las normas). Cuando esos vínculos se debilitan, aumenta la probabilidad de delinquir. Más tarde, Gottfredson y Hirschi formularon la teoría del autocontrol (el bajo autocontrol como factor clave).
- La teoría de la neutralización (Sykes y Matza, 1957): describe las técnicas con que el delincuente justifica ante sí mismo su conducta y silencia los reproches de su conciencia —negar la responsabilidad, negar el daño, negar a la víctima, condenar a quienes le condenan y apelar a lealtades superiores—, lo que le permite delinquir sin abandonar del todo los valores convencionales.
Ninguno de estos modelos, por sí solo, explica de manera completa un fenómeno tan complejo. Por eso la criminología actual adopta un enfoque integrador o multifactorial (a veces llamado biopsicosocial), según el cual el delito es el resultado de la interacción de factores biológicos, psicológicos y sociales, cuyo peso varía en cada persona y en cada tipo de delito. No existe una causa única de la delincuencia, sino una combinación de factores de riesgo (que la favorecen) y factores de protección (que la frenan). Este enfoque, más humilde y realista, es también el más útil para diseñar políticas de prevención.
Dato de examen: memoriza los binomios autor-teoría. Durkheim/Merton = anomia (tensión metas-medios; «innovación»). Sutherland = asociación diferencial (el delito se aprende) y «cuello blanco». Cohen = subculturas. Becker = etiquetamiento (labelling). Hirschi = teorías del control (vínculo social). Sykes y Matza = neutralización. Shaw y McKay (Escuela de Chicago) = desorganización social.
9. Las teorías de la oportunidad y la prevención situacional
Un grupo de teorías especialmente influyente en la práctica policial es el de las teorías de la oportunidad, que desplazan el foco de las causas remotas del delito (por qué alguien llega a ser delincuente) a las condiciones inmediatas que hacen posible el delito aquí y ahora. Su interés es evidente: mientras las causas sociales son difíciles de modificar a corto plazo, las oportunidades sí pueden reducirse con medidas concretas, muchas de ellas al alcance de la Policía.
- La teoría de las actividades cotidianas o rutinarias (Lawrence Cohen y Marcus Felson, 1979) es la más citada: el delito se produce cuando convergen en el tiempo y el espacio tres elementos —un delincuente motivado, un objetivo o víctima adecuado y la ausencia de un guardián capaz de impedirlo—, el llamado «triángulo del delito». Basta con suprimir uno de los tres vértices (por ejemplo, aportando vigilancia) para evitar el delito.
- La teoría de la elección racional (Clarke y Cornish): el delincuente actúa como un decisor que sopesa costes y beneficios, esfuerzo y riesgo; si se aumentan el esfuerzo y el riesgo percibidos y se reducen las recompensas, muchos delitos se previenen.
- La prevención situacional es la aplicación práctica de estas ideas: consiste en reducir las oportunidades del delito modificando el entorno (mejor iluminación, alarmas, cerraduras, videovigilancia, control de accesos, retirada de objetivos atractivos). Con ella se relaciona la prevención del delito mediante el diseño ambiental (CPTED) y la idea de «espacio defendible» de Oscar Newman: un urbanismo que favorezca la vigilancia natural y el sentido de apropiación del espacio por los vecinos.
- La teoría de las «ventanas rotas» (James Q. Wilson y George Kelling, 1982) sostiene que el desorden y el deterioro no atajados en un espacio (una ventana rota que no se repara, pintadas, suciedad, pequeñas incivilidades) transmiten una sensación de impunidad y de abandono que favorece la escalada hacia delitos más graves. De ahí la conveniencia de atender a las pequeñas incivilidades para prevenir la delincuencia mayor, aunque su aplicación más agresiva (la «tolerancia cero») ha sido objeto de crítica por su riesgo de excesos.
Estas teorías han impulsado modelos de trabajo como la policía orientada a la resolución de problemas y el análisis de los «puntos calientes» (hot spots) de delincuencia, y explican por qué la presencia y la visibilidad policial, junto a un entorno urbano cuidado, tienen efecto preventivo. La prevención situacional se complementa —no sustituye— con la prevención social, que actúa sobre las causas de fondo.
Dato de examen: las actividades cotidianas o rutinarias son de Cohen y Felson (1979): delincuente motivado + objetivo adecuado + ausencia de guardián capaz (el «triángulo del delito»). Las «ventanas rotas» son de Wilson y Kelling (1982). El «espacio defendible» es de Oscar Newman. No confundas las teorías de la oportunidad (causas inmediatas) con las sociológicas de fondo (anomia, asociación diferencial, etc.).
10. Clases de delincuencia y cifra negra
La delincuencia puede clasificarse con arreglo a muy diversos criterios, que ayudan a comprender su enorme variedad:
- Por su organización: delincuencia común (individual u ocasional) y organizada (grupos estructurados y estables, como las mafias).
- Por el uso de violencia: delincuencia violenta (con fuerza sobre las personas) y no violenta.
- Por el perfil del autor: la delincuencia convencional (asociada a la marginación) frente a la delincuencia de «cuello blanco» (concepto de Sutherland), cometida por personas de elevada posición social en el ejercicio de su profesión (fraudes, corrupción, delitos económicos).
- Por la edad: la delincuencia juvenil, con un régimen jurídico específico (la responsabilidad penal del menor).
- Por su ámbito: delincuencia común, económica, medioambiental, informática o cibernética, sexual, etc.
- Por su alcance: la delincuencia transnacional (que trasciende las fronteras: tráficos, trata, blanqueo) y el terrorismo, como formas de máxima gravedad.
Algunas de estas categorías merecen una mención especial por su relevancia actual. La delincuencia organizada se caracteriza por la actuación de grupos estructurados, estables y jerarquizados, con reparto de funciones, dedicados a actividades ilícitas lucrativas (narcotráfico, trata, tráfico de armas, blanqueo); su gravedad y su capacidad de penetración en las instituciones la convierten en una amenaza de primer orden. La ciberdelincuencia o delincuencia informática, cometida a través de las tecnologías de la información, ha crecido enormemente (estafas en línea, ataques informáticos, delitos sexuales digitales) y no conoce fronteras. El terrorismo, por su parte, es la forma más grave de criminalidad, pues persigue subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública mediante la violencia y el terror. Todas estas modalidades exigen respuestas especializadas y una intensa cooperación policial nacional e internacional. Junto a ellas conviene distinguir la delincuencia ocasional (la que surge ante una oportunidad puntual) de la criminalidad profesional, y la delincuencia de mayores de la juvenil, cada una con perfiles, causas y respuestas distintas.
Un fenómeno importante que hay que conocer es la «cifra negra» de la criminalidad: el conjunto de delitos que realmente se cometen pero no llegan a conocimiento de la policía ni de la justicia (por no ser denunciados o no ser descubiertos), y que, por tanto, no figuran en las estadísticas oficiales. La existencia de esta cifra oculta obliga a interpretar con cautela los datos de criminalidad y explica el interés de las encuestas de victimización, que preguntan directamente a la población por los delitos sufridos, hayan sido o no denunciados. Otros conceptos útiles son la reincidencia (la comisión de nuevos delitos por quien ya fue condenado), la carrera criminal (la trayectoria delictiva a lo largo de la vida) y la distinción entre el delincuente ocasional (que delinque de forma esporádica ante una oportunidad) y el habitual o profesional (que hace del delito un modo de vida).
Para el trabajo policial, comprender las teorías de la delincuencia tiene aplicaciones muy concretas. Ayuda a interpretar los datos de criminalidad con sentido crítico (sabiendo que existe una cifra oculta), a identificar factores de riesgo en personas y zonas, a diseñar dispositivos preventivos allí donde coinciden los elementos que propician el delito, y a orientar la relación con la ciudadanía. En las últimas décadas se ha extendido, precisamente, el modelo de policía de proximidad o comunitaria, que busca acercar la Policía a los vecinos, conocer los problemas de cada barrio y prevenir el delito en colaboración con la comunidad, en lugar de limitarse a reaccionar una vez cometido. La seguridad, en definitiva, no se construye solo con la represión, sino sobre todo con la prevención, la proximidad y la confianza de la ciudadanía en sus instituciones.
11. Ideas fuerza para el test
- La seguridad es el estado de tranquilidad por la ausencia de peligro; es una necesidad básica (segundo nivel de la pirámide de Maslow). En la CE: libertad y seguridad (art. 17), seguridad jurídica (art. 9.3) y seguridad ciudadana (art. 104). Seguridad nacional: Ley 36/2015; seguridad humana: PNUD (1994).
- Por el sujeto: seguridad individual (la persona, art. 17 CE) y colectiva (la comunidad). Por quién la presta: seguridad pública (poderes públicos, FCS; competencia exclusiva del Estado, art. 149.1.29.ª CE; LO 4/2015) y privada (Ley 5/2014; complementaria y subordinada a la pública).
- Inseguridad objetiva (riesgo real, estadísticas) frente a subjetiva (sensación o miedo al delito); pueden no coincidir, y la percepción suele ser mayor que la realidad (influencia de los medios). Prevención: primaria (toda la sociedad), secundaria (grupos de riesgo) y terciaria (evitar la reincidencia).
- La criminología es una ciencia empírica e interdisciplinar (el ser); el Derecho penal es normativo (el deber ser). Objeto: delito, delincuente, víctima (victimología: Von Hentig, Mendelsohn; victimización primaria/secundaria) y control social (formal/informal).
- Escuela Clásica (Beccaria, «De los delitos y las penas», 1764; Bentham): libre albedrío, el delito como elección racional, pena garantista. Escuela Positiva (Lombroso, el «delincuente nato»; Ferri; Garofalo, que acuñó «criminología»): determinismo, el delito causado por factores.
- Teorías sociológicas (las más influyentes): anomia (Durkheim/Merton), asociación diferencial (Sutherland), subculturas (Cohen), etiquetamiento (Becker), control (Hirschi), neutralización (Sykes y Matza) y desorganización social (Escuela de Chicago).
- Teorías de la oportunidad: actividades cotidianas (Cohen y Felson, 1979: delincuente motivado + objetivo + ausencia de guardián), elección racional (Clarke y Cornish) y «ventanas rotas» (Wilson y Kelling, 1982). Prevención situacional y CPTED («espacio defendible», Newman).
- Clases de delincuencia: común/organizada, violenta/no violenta, convencional/de «cuello blanco» (Sutherland), juvenil, económica, informática, transnacional y terrorismo.
- La «cifra negra» es el conjunto de delitos cometidos que no llegan a conocimiento de la policía o la justicia; para medirla se usan las encuestas de victimización. El delito es multifactorial (factores de riesgo y de protección); la mejor respuesta combina represión, prevención y policía de proximidad.
¿Te lo sabes? 🐂
Pon a prueba este tema con su test (y repásalo con las flashcards). Crea tu cuenta gratis para guardar tu progreso y repasar tus falladas. Gratis y siempre lo será.

