Tema 7 · Policía Nacional (Escala Básica)
El Ministerio del Interior: estructura orgánica. La Secretaría de Estado de Seguridad
Epígrafe oficial: El Ministerio del Interior: estructura orgánica básica. La Secretaría de Estado de Seguridad: estructura y funciones.
Tema desarrollado a nivel élite para preparar el examen de conocimientos de la Escala Básica (100 preguntas, 50 minutos). La información es orientativa y está verificada a fecha de actualización: el contenido evaluable lo fija el temario del anexo I de tu convocatoria. La estructura del Ministerio del Interior se toma del texto consolidado vigente del Real Decreto 207/2024, con las reformas del RD 353/2025 y del RD 328/2026; las definiciones de los tipos de órgano se citan literalmente de la Ley 40/2015. Se ha evitado entrecomillar como literal cualquier contenido no verificado.
Índice
- 0. Introducción: el tema del organigrama
- 1. Marco normativo: de la Ley 40/2015 al Real Decreto 207/2024
- 2. El Ministerio del Interior: competencias y órganos del Ministro
- 3. La estructura orgánica básica: el organigrama en cuatro ramas
- 4. La Secretaría de Estado de Seguridad: naturaleza y funciones
- 5. Los órganos de apoyo de la Secretaría de Estado
- 6. Los cuatro órganos directivos de la Secretaría de Estado
- 7. El resto del Departamento
- 8. Tabla de siglas: el diccionario del tema
- 9. Ideas fuerza para el test
0. Introducción: el tema del organigrama
Este tema es puro organigrama: quién depende de quién, con qué rango y con qué funciones. Es de los más rentables del bloque jurídico porque las preguntas son siempre del mismo tipo («¿de quién depende X?», «¿qué nivel orgánico tiene Y?», «¿a quién corresponde la función Z?») y todas salen, en esencia, de una única norma. Pero encierra una trampa que elimina a muchos opositores: la estructura del Ministerio se aprueba por real decreto y cambia con cada legislatura. Estudiar por apuntes viejos significa memorizar órganos que ya no existen y fallar preguntas por pura desactualización.
Este apunte está redactado sobre el texto consolidado vigente del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, que incorpora sus dos reformas: la del Real Decreto 353/2025, de 30 de abril (que reorganizó la Guardia Civil) y la del Real Decreto 328/2026, de 22 de abril, que creó la Secretaría General de Protección Civil y Emergencias. El texto consolidado con ambas reformas está en vigor desde el 27 de abril de 2026. Si tu temario todavía no recoge esa Secretaría General ni menciona el RD 328/2026, está desactualizado.
La segunda mitad del tema es la Secretaría de Estado de Seguridad (SES). Merece ese protagonismo: es el órgano del que depende la Dirección General de la Policía, es decir, tu futura casa. Del detalle de la DGP y de la estructura interna de la Policía Nacional se ocupa el tema 8; aquí toca dominar el piso de arriba. Estudia este tema con el organigrama delante y no lo memorices como una lista suelta de siglas, sino como un árbol: cada órgano cuelga de otro, y la pregunta casi siempre consiste en acertar de qué rama pende.
1. Marco normativo: de la Ley 40/2015 al Real Decreto 207/2024
Conviene encajar este tema con lo estudiado en el tema 5. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece la tipología de órganos de la organización central de la Administración General del Estado. Su artículo 55.3 los clasifica con precisión, y su lectura literal evita la mayoría de los errores del tema:
«En la organización central son órganos superiores y órganos directivos:
a) Órganos superiores: 1.º Los Ministros. 2.º Los Secretarios de Estado.
b) Órganos directivos: 1.º Los Subsecretarios y Secretarios generales. 2.º Los Secretarios generales técnicos y Directores generales. 3.º Los Subdirectores generales.» (art. 55.3 de la Ley 40/2015)
La regla de oro que de aquí se extrae: los órganos superiores (Ministros y Secretarios de Estado) establecen los planes de actuación de la organización, mientras que los órganos directivos se encargan de su desarrollo y ejecución (art. 55.9). Los superiores y directivos tienen además la condición de alto cargo, salvo los subdirectores generales (art. 55.6). Y hay que retener los rangos que fija la propia Ley 40/2015: los Secretarios generales tienen categoría de Subsecretario (art. 64.3) y los Secretarios generales técnicos, categoría de Director general.
La Ley 40/2015 también define lo que hace cada tipo de órgano. De los Secretarios de Estado dice que «son directamente responsables de la ejecución de la acción del Gobierno en un sector de actividad específica» (art. 62.1) y que dirigen y coordinan las Secretarías y Direcciones Generales bajo su dependencia (art. 62.2). De los Subsecretarios, que «ostentan la representación ordinaria del Ministerio, dirigen los servicios comunes» (art. 63.1). Guarda estas ideas, porque el examen las contrasta con las funciones concretas del real decreto.
Sobre esa plantilla legal, la estructura concreta de cada Ministerio se fija en dos escalones reglamentarios:
- El Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales: enumera qué ministerios existen y cuáles son sus órganos superiores y directivos principales.
- El Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior: baja al detalle de subdirecciones generales y funciones. Es LA norma de este tema. Ha sido modificado por el RD 353/2025, de 30 de abril (reordenación interna de la Dirección General de la Guardia Civil) y por el RD 328/2026, de 22 de abril (que creó la Secretaría General de Protección Civil y Emergencias).
Dato de examen: órganos superiores = Ministros y Secretarios de Estado; directivos = Subsecretarios, Secretarios generales (categoría de Subsecretario), Secretarios generales técnicos y Directores generales (categoría de Director general) y Subdirectores generales (art. 55.3 Ley 40/2015). La estructura de Interior está en el RD 207/2024 (base: RD 1009/2023), modificado por RD 353/2025 y RD 328/2026. Si el test menciona el derogado RD 734/2020, es distractor.
2. El Ministerio del Interior: competencias y órganos del Ministro
El artículo 1 del RD 207/2024 encomienda al Ministerio del Interior la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en un listado de materias que conviene reconocer, porque el test pregunta cuáles entran y cuáles no:
- La seguridad ciudadana y la promoción de las condiciones para el ejercicio de los derechos fundamentales, en particular la libertad y seguridad personales.
- El mando superior y la dirección y coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Las competencias sobre seguridad privada.
- Las atribuidas en materia de extranjería, y el régimen de protección internacional, apatridia y protección de personas desplazadas.
- La administración y régimen de las instituciones penitenciarias.
- Las actuaciones para el desarrollo de los procesos electorales.
- Las competencias sobre protección civil.
- Las atribuidas en materia de tráfico, seguridad vial y movilidad sostenible.
La persona titular del Ministerio ejerce la dirección de todos los servicios del Departamento, el mando superior de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la dirección de las competencias en materia de Administración Penitenciaria y las funciones que el artículo 61 de la Ley 40/2015 atribuye a los Ministros. Fíjate en el matiz que separa dos preguntas gemelas: el mando superior de las FFCCSE es del Ministro; el ejercicio del mando corresponde a la Secretaría de Estado de Seguridad, como veremos.
Del Ministro dependen directamente dos órganos de apoyo que el test adora por sus niveles orgánicos:
- El Gabinete del Ministro, órgano de asistencia inmediata, con nivel orgánico de dirección general. Su titular supervisa además los servicios de protocolo y programa las relaciones institucionales e internacionales cuando interviene directamente el Ministro.
- La Oficina de Comunicación, con nivel orgánico de subdirección general: responsable de la comunicación oficial del Departamento, de las relaciones informativas y de publicidad institucional con los medios, y de la coordinación de los contenidos de la página web del Ministerio.
Dato de examen: el mando superior de las FFCCSE es del Ministro; el ejercicio del mando, de la SES. Del Ministro dependen el Gabinete (nivel de dirección general) y la Oficina de Comunicación (nivel de subdirección general).
3. La estructura orgánica básica: el organigrama en cuatro ramas
El Ministerio se estructura en cuatro ramas. Este cuadro es el corazón del tema: hay que saber dibujarlo de memoria.
| Rama | Órganos directivos que dependen de ella |
|---|---|
| Secretaría de Estado de Seguridad (órgano superior) | 1.º Dirección General de la Policía · 2.º Dirección General de la Guardia Civil · 3.º Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería · 4.º Dirección General de Coordinación y Estudios |
| Secretaría General de Instituciones Penitenciarias | Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social |
| Secretaría General de Protección Civil y Emergencias (creada por el RD 328/2026) | Dirección General de Protección Civil y Emergencias |
| Subsecretaría del Interior | 1.º Secretaría General Técnica · 2.º Dirección General de Política Interior · 3.º Dirección General de Tráfico · 4.º Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo · 5.º Dirección General de Protección Internacional |
Claves de este cuadro, todas ellas preguntables:
- La SES es el único órgano superior del Ministerio por debajo del Ministro. Las dos Secretarías Generales y la Subsecretaría son órganos directivos (sus titulares tienen rango de Subsecretario, conforme a los arts. 63 y 64 de la Ley 40/2015).
- Los titulares de la DGP y de la DGGC tienen rango de Subsecretario: son las únicas direcciones generales del organigrama con ese rango reforzado.
- Las dos Secretarías Generales cuelgan directamente del Ministro, no de la SES ni de la Subsecretaría. El distractor típico sitúa Instituciones Penitenciarias bajo la Secretaría de Estado de Seguridad: es falso.
- La DG de Protección Internacional (asilo) depende de la Subsecretaría, no de la SES: otro distractor clásico, porque la materia suena a seguridad pero su gestión es administrativa.
Dato de examen: cuatro ramas; la SES es el único órgano superior. De ella dependen DGP, DGGC, DG de Relaciones Internacionales y Extranjería y DG de Coordinación y Estudios. Instituciones Penitenciarias y Protección Civil y Emergencias dependen del Ministro, no de la SES.
4. La Secretaría de Estado de Seguridad: naturaleza y funciones
La persona titular de la SES ejerce las funciones del artículo 62 de la Ley 40/2015 y, en particular, la dirección, coordinación y supervisión de sus órganos directivos, bajo la inmediata autoridad del Ministro. El real decreto le atribuye dieciséis funciones, de la letra a) a la o) pasando por la ñ). Dos de ellas, verificadas en su tenor, son el eje del tema: «La promoción de las condiciones para el ejercicio de los derechos fundamentales» (letra a) y «el ejercicio del mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado» (letra b). Agrupadas por bloques para memorizarlas mejor:
Antes de entrar en el detalle, conviene fijar la escalera del mando, porque es una de las secuencias que el tribunal contrasta pregunta tras pregunta. El mando superior de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado corresponde al Ministro del Interior; el ejercicio del mando se residencia en la Secretaría de Estado de Seguridad; y el mando directo de cada cuerpo lo tiene el Director General respectivo (de la Policía o de la Guardia Civil), bajo la dependencia de la SES. Es la misma jerarquía que reaparecerá en el régimen disciplinario del tema 8, donde la competencia para imponer sanciones se reparte, precisamente, entre el Ministro, el Secretario de Estado y el Director General según la gravedad de la falta. Retén, pues, el trío: mando superior (Ministro) — ejercicio del mando (SES) — mando directo (Director General).
Bloque 1 — Mando y derechos fundamentales:
- a) La promoción de las condiciones para el ejercicio de los derechos fundamentales, especialmente libertad y seguridad personales, inviolabilidad del domicilio y de las comunicaciones y libertad de residencia y circulación.
- b) El ejercicio del mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y la coordinación y supervisión de los servicios y misiones que les corresponden.
- j) La gestión de las competencias del Departamento en relación con la protección y garantía del ejercicio de los derechos de reunión y de manifestación.
- k) La coordinación del ejercicio de las competencias de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en materia de seguridad ciudadana.
Bloque 2 — Criminalidad y cooperación internacional:
- d) La dirección y coordinación de la cooperación policial internacional, especialmente con EUROPOL, INTERPOL, SIRENE, los Sistemas de Información de Schengen y los Centros de Cooperación Policial y Aduanera.
- f) La dirección, impulso y coordinación de las actuaciones en materia de crimen organizado, terrorismo, trata de seres humanos, tráfico de drogas, blanqueo de capitales relacionado con dicho tráfico y delitos conexos.
- l) La dirección y coordinación de las actuaciones relacionadas con los precursores de drogas, los precursores de explosivos y el tratamiento de los datos del Sistema de Registro de Pasajeros (PNR).
- ñ) A través de la DG de Relaciones Internacionales y Extranjería, la coordinación de las operaciones con efectos transnacionales de cualquiera de las FFCCSE.
- o) La dirección e impulso de la gestión integrada de las fronteras, el mando de la participación española en la Guardia Europea de Fronteras y Costas y las relaciones con su Agencia (Frontex).
Bloque 3 — Medios e infraestructuras:
- g) La planificación y coordinación de las políticas de infraestructuras y material en el ámbito de la seguridad.
- h) La aprobación de los planes y programas de infraestructuras y material en ese ámbito.
- m) La dirección del Sistema Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas.
- n) La dirección y coordinación de las políticas de ciberseguridad en el ámbito de las competencias del Ministerio.
Bloque 4 — Otras:
- c) Las competencias que le encomienda la legislación sobre seguridad privada.
- e) La representación del Departamento cuando se lo encomiende el Ministro.
- i) La dirección y coordinación de las relaciones con el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las penas y tratos inhumanos o degradantes.
Dato de examen: la SES ejerce el mando de las FFCCSE (letra b), dirige el Sistema Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas (m), coordina la cooperación policial internacional (d) y la ciberseguridad del Ministerio (n). Actúa bajo la inmediata autoridad del Ministro.
5. Los órganos de apoyo de la Secretaría de Estado
5.1. El Gabinete y la Relatoría Nacional contra la Trata
Como órgano de asistencia inmediata al titular de la SES existe un Gabinete con nivel orgánico de subdirección general (compáralo con el del Ministro, que es de dirección general: pregunta segura). Su dato estrella: la persona titular de la dirección del Gabinete ejerce las funciones de Relatoría Nacional contra la Trata de Seres Humanos, conforme a la normativa internacional y europea. Además coordina, siguiendo instrucciones del Secretario de Estado, las dos subdirecciones de medios que se ven en el epígrafe 5.4.
5.2. El CITCO
El Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO) depende directamente del titular de la SES, con nivel orgánico de subdirección general. Es el órgano de inteligencia criminal estratégica: recibe, integra y analiza la información disponible en la lucha contra la delincuencia organizada o grave, el terrorismo y el radicalismo violento, diseña las estrategias nacionales contra estas amenazas y su financiación y establece criterios de actuación y coordinación operativa cuando concurren varios cuerpos en una investigación. Entre sus funciones más preguntables:
- Es punto nacional de contacto para el intercambio de inteligencia estratégica con organismos supranacionales en la lucha contra el terrorismo y los extremismos violentos.
- En intervenciones conjuntas o concurrentes, dicta los criterios de coordinación de las unidades operativas de las FFCCSE.
- Elabora informes anuales y la evaluación periódica de la amenaza, y la estadística oficial no clasificada sobre drogas, crimen organizado y trata.
- Planifica y ejecuta la destrucción de los alijos de drogas incautados por Policía Nacional y Guardia Civil.
Del CITCO dependen tres unidades con nombre propio: la Unidad Nacional de Retirada de Contenidos Ilícitos en Internet (UNECI), la Oficina Nacional de Información sobre Pasajeros (ONIP) —que actúa como Unidad de Información sobre Pasajeros (PIU) nacional prevista en la normativa europea del PNR— y la Unidad de Policía Judicial para delitos de terrorismo (TEPOL). El CITCO es además Punto Nacional de Contacto en materia de Localización y Recuperación de Activos (ORA) y Punto de Contacto Nacional para precursores de explosivos (Ley 25/2022, de 1 de diciembre).
Dato de examen: el CITCO es una subdirección general dependiente del titular de la SES; hace inteligencia criminal estratégica, dicta criterios de coordinación en concurrencia y destruye los alijos de droga. De él dependen UNECI, ONIP (PIU) y TEPOL.
5.3. El Comité Ejecutivo de Coordinación
Bajo la dirección y supervisión del Ministro, y para reforzar la coordinación estratégica y ejecutiva, el titular de la SES preside el Comité Ejecutivo de Coordinación. Su composición es una lista cerrada que cae en examen; lo integran las personas titulares de:
- La Subsecretaría del Interior.
- Las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil.
- La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
- El Gabinete del Ministro.
- La DG de Relaciones Internacionales y Extranjería.
- La DG de Coordinación y Estudios, que ejerce la secretaría del Comité.
- Las Direcciones Adjuntas Operativas (DAO) de la Policía y de la Guardia Civil.
Truco de memoria: están «los dos cuerpos por partida doble» (director general + DAO de cada uno), los tres grandes gestores (Subsecretaría, IIPP, Gabinete del Ministro) y las dos DG civiles de la SES, una de las cuales (Coordinación y Estudios) levanta acta. No forma parte del Comité la Secretaría General de Protección Civil y Emergencias.
Dato de examen: el Comité Ejecutivo de Coordinación lo preside la SES; su secretaría la lleva la DG de Coordinación y Estudios; incluye las dos DAO; no incluye a Protección Civil.
5.4. Las dos subdirecciones de medios y la GIESE
Dependen también del titular de la SES dos órganos con nivel de subdirección general dedicados a los medios materiales y tecnológicos de la seguridad:
- La Subdirección General de Planificación y Gestión de Infraestructuras y Medios para la Seguridad: planifica las inversiones en infraestructuras de seguridad (contando con las propuestas de la DGP y la DGGC), propone proyectos y obras, gestiona el patrimonio inmobiliario de la seguridad y su inventario, y gestiona los programas financiados con Fondos Europeos en el ámbito de la SES.
- La Subdirección General de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad: planifica y coordina las inversiones en sistemas de información, estandariza los sistemas y estructuras de datos, desarrolla las bases de datos de utilización conjunta o compartida por las FFCCSE (incluidas las relacionadas con eu-LISA, el Sistema Schengen y el Sistema de Radiocomunicaciones Digitales de Emergencia del Estado, SIRDEE) y dirige el Centro Tecnológico de Seguridad (CETSE).
Cierra el cuadro un organismo autónomo: la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado (GIESE), adscrita a la Secretaría de Estado de Seguridad conforme a su Estatuto (Real Decreto 904/2021, de 19 de octubre).
Dato de examen: el CETSE lo dirige la SG de Sistemas de Información y Comunicaciones; la GIESE es un organismo autónomo adscrito a la SES.
6. Los cuatro órganos directivos de la Secretaría de Estado
6.1. Las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil
La Dirección General de la Policía y la Dirección General de la Guardia Civil son los dos brazos operativos de la SES. Sus titulares tienen rango de subsecretario y a cada una corresponde el mando directo de su cuerpo. La estructura interna de la DGP (Dirección Adjunta Operativa, subdirecciones generales, comisarías generales y divisiones) es el objeto del tema 8, así que aquí basta con retener el encaje: DGP y DGGC dependen de la SES, no del Ministro directamente ni de la Subsecretaría. La estructura interna de la Guardia Civil fue reordenada por el RD 353/2025 (mandos y jefaturas bajo su Dirección Adjunta Operativa), dato suficiente para este tema.
6.2. La Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería
Es el órgano encargado de coordinar la acción exterior del Ministerio. Sus funciones más citadas: el seguimiento de las actuaciones de la UE en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia; la coordinación de la cooperación policial internacional; la definición de las acciones de los órganos técnicos del Ministerio en las Misiones Diplomáticas (los consejeros y agregados de Interior en las embajadas), sin perjuicio de la dirección del Jefe de la Misión; la participación en la negociación de convenios internacionales; la planificación estratégica en materia migratoria y de fronteras; y la coordinación de las relaciones con la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex). En desarrollo de esto último gestiona el Punto Nacional de Contacto (NFPOC) con la Guardia Europea de Fronteras y Costas y el Centro Nacional de Coordinación de Eurosur (NCC).
De ella dependen tres subdirecciones generales: la de Cooperación Policial Internacional, la de Relaciones Internacionales, Inmigración y Extranjería y la de Asuntos Europeos.
6.3. La Dirección General de Coordinación y Estudios
Es el órgano de apoyo y asesoramiento a través del cual el titular de la SES ejerce su función de coordinación y supervisión de las FFCCSE y de colaboración con las policías autonómicas y locales. Concentra tal cantidad de unidades con nombre propio que es la mina de preguntas del tema:
- Elabora las instrucciones y los planes directores y operativos de la SES en materia de seguridad ciudadana y desarrolla las estrategias contra la criminalidad.
- Desarrolla, implanta y gestiona la Estadística Nacional de Criminalidad, integrando los datos de FFCCSE, policías autonómicas y locales, y publica los informes periódicos de evolución de la criminalidad.
- Actúa como Unidad Nacional de CEPOL (la Agencia de la Unión Europea para la Formación Policial).
- A través del Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas (CNPIC) impulsa, coordina y supervisa la protección de las infraestructuras críticas y los servicios esenciales.
- Se constituye como Servicio Central de Violencia de Género, para la dirección y operación del Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género (el conocido VioGén).
- Dirige la Oficina Nacional de lucha contra los delitos de odio y el Centro Nacional de Desaparecidos.
- A través de la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad (OCC) ejerce de punto de contacto nacional para el intercambio de información en el marco de la Directiva 2013/40/UE, es el canal entre los CSIRT nacionales de referencia y la SES, se constituye en CSIRT-MIR-PJ y actúa como Observatorio de la Cibercriminalidad del Ministerio.
- Coordina los Centros de Cooperación Policial y Aduanera (CCPA) y centraliza, a través del Centro Permanente de Información y Coordinación (CEPIC), la recepción, clasificación y distribución de sucesos y noticias generadas por las FFCC de Seguridad.
- Actúa como subregistro principal OTAN/UE/ESA para la documentación clasificada y alberga al Delegado de Protección de Datos de la SES.
Ojo a la ciberseguridad: la lucha operativa contra la ciberdelincuencia no tiene en la DGP una «Comisaría General de Ciberseguridad» autónoma. En el nivel del Ministerio, la coordinación de ciberseguridad se residencia en la OCC de esta Dirección General; en el nivel policial, la investigación se integra en la Comisaría General de Policía Judicial (tema 8). Si el test ofrece una «Comisaría General de Ciberseguridad» como órgano de la DGP, es un distractor.
Dato de examen: la DG de Coordinación y Estudios lleva la Estadística Nacional de Criminalidad, el CNPIC, el Servicio Central de Violencia de Género (VioGén), la Oficina contra los delitos de odio, el Centro Nacional de Desaparecidos, la OCC y el CEPIC; es Unidad Nacional de CEPOL y secretaría del Comité Ejecutivo de Coordinación.
6.4. La Inspección de Personal y Servicios de Seguridad
De la DG de Coordinación y Estudios depende la Inspección de Personal y Servicios de Seguridad (IPSS), con nivel orgánico de subdirección general: la encargada de la inspección, comprobación y evaluación del desarrollo de los servicios, centros y unidades, centrales y periféricos, de las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil, y de las actuaciones de los miembros de ambos cuerpos. Le corresponden la planificación de la actividad inspectora, el control de los planes y objetivos, las competencias de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil (RD 179/2005) y en la Policía Nacional (RD 2/2006), el seguimiento de las quejas y sugerencias de los ciudadanos respecto de las FFCCSE y la promoción de la integridad profesional y deontológica. Su unidad con nombre propio: dirige la Oficina Nacional de Garantías de los Derechos Humanos (ONGADH), que vela por el cumplimiento por las FFCCSE de las normas nacionales e internacionales contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Dato de examen: la IPSS es una subdirección general de la DG de Coordinación y Estudios; inspecciona a Policía y Guardia Civil y dirige la ONGADH (garantías frente a la tortura).
7. El resto del Departamento
7.1. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias
Ejerce el impulso, dirección, gestión y supervisión de las Instituciones Penitenciarias para que las penas y medidas penales alcancen los fines previstos constitucionalmente (la reeducación y reinserción social del art. 25.2 CE). Su titular ejerce las atribuciones del art. 64 de la Ley 40/2015 (secretario general, rango de subsecretario). De ella depende la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social, competente en la gestión regimental y tratamental de los centros penitenciarios, el medio abierto, las medidas alternativas y la sanidad penitenciaria.
7.2. La Secretaría General de Protección Civil y Emergencias (novedad 2026)
Es la gran novedad del organigrama: creada por el RD 328/2026, de 22 de abril, eleva la protección civil de dirección general a Secretaría General dependiente directamente del Ministro. Gestiona las competencias del Ministerio en protección civil y emergencias conforme a la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. Entre sus funciones: preparar los planes estatales de protección civil, los estudios de análisis de riesgos, la propuesta de declaración de zona afectada gravemente por una emergencia y sus subvenciones, las directrices de la Escuela Nacional de Protección Civil, la secretaría del Consejo Nacional de Protección Civil, el mantenimiento del Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias, de la Red de Alerta Nacional y de la Red Nacional de Información, la actuación como punto de contacto nacional con el Mecanismo Europeo de Protección Civil y la solicitud de movilización de recursos extraordinarios, incluida la Unidad Militar de Emergencias (UME).
De ella depende la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, integrada por tres subdirecciones generales de nombre muy examinable: Anticipación y Preparación (en la que se integra la Escuela Nacional de Protección Civil), Planificación y Gestión de Emergencias y Resiliencia y Recuperación (subvenciones y ayudas).
Dato de examen: la SG de Protección Civil y Emergencias (RD 328/2026) depende del Ministro; su marco es la Ley 17/2015; puede solicitar la movilización de la UME. Su DG tiene tres subdirecciones (Anticipación y Preparación, Planificación y Gestión de Emergencias, Resiliencia y Recuperación).
7.3. La Subsecretaría del Interior
Al Subsecretario corresponde la representación ordinaria del Departamento, la dirección de sus servicios comunes y las atribuciones del art. 63 de la Ley 40/2015. Además de los servicios comunes clásicos (personal, gestión económica, obras, inspección de servicios, transparencia y atención al ciudadano, transformación digital), el RD le reserva competencias sustantivas que el test explota porque no suenan a «servicios comunes»:
- La gestión de las competencias relativas a los procesos electorales y consultas al electorado, al registro de los partidos políticos y a la gestión de las subvenciones y financiación de los partidos.
- El registro de las asociaciones de ámbito estatal y la declaración de utilidad pública.
- La coordinación e impulso de la política de tráfico y seguridad vial y el ejercicio de las competencias sobre el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.
- Las competencias en materia de atención y apoyo a las víctimas del terrorismo y las relacionadas con la protección internacional, la apatridia y la protección temporal.
De la Subsecretaría dependen cinco órganos directivos: la Secretaría General Técnica (informe de disposiciones, recursos, publicaciones), la DG de Política Interior (procesos electorales, partidos), la DG de Tráfico (que gestiona la Jefatura Central de Tráfico), la DG de Apoyo a Víctimas del Terrorismo y la DG de Protección Internacional (asilo). Directamente de su titular dependen, con nivel de subdirección general, un Gabinete Técnico y la Oficina Presupuestaria. Están además adscritas a la Subsecretaría —sin perjuicio de su dependencia de los Ministerios de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y de Hacienda— la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado.
Dato de examen: la Subsecretaría tiene la representación ordinaria del Departamento; lleva procesos electorales, el registro de partidos y de asociaciones, la Jefatura Central de Tráfico y las víctimas del terrorismo; tiene adscritas la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada. La DG de Protección Internacional depende de ella, no de la SES.
8. Tabla de siglas: el diccionario del tema
| Sigla | Qué es | Dónde encaja |
|---|---|---|
| SES | Secretaría de Estado de Seguridad | Órgano superior; ejerce el mando de las FFCCSE |
| CITCO | Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado | Subdirección general, depende del titular de la SES |
| UNECI | Unidad Nacional de Retirada de Contenidos Ilícitos en Internet | Depende del CITCO |
| ONIP | Oficina Nacional de Información sobre Pasajeros (la PIU nacional) | Depende del CITCO |
| TEPOL | Unidad de Policía Judicial para delitos de terrorismo | Depende del CITCO |
| CETSE | Centro Tecnológico de Seguridad | Lo dirige la SG de Sistemas de Información y Comunicaciones (SES) |
| GIESE | Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado | Organismo autónomo adscrito a la SES |
| NFPOC / NCC | Punto Nacional de Contacto con Frontex / Centro Nacional de Coordinación de Eurosur | DG de Relaciones Internacionales y Extranjería |
| CNPIC | Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas | DG de Coordinación y Estudios |
| OCC | Oficina de Coordinación de Ciberseguridad (y Observatorio de la Cibercriminalidad) | DG de Coordinación y Estudios |
| CEPIC | Centro Permanente de Información y Coordinación | DG de Coordinación y Estudios |
| IPSS | Inspección de Personal y Servicios de Seguridad | Subdirección general de la DG de Coordinación y Estudios |
| ONGADH | Oficina Nacional de Garantías de los Derechos Humanos | La dirige la IPSS |
9. Ideas fuerza para el test
- Norma vigente: RD 207/2024, de 27 de febrero (desarrolla la estructura de Interior), sobre la base del RD 1009/2023. Modificado por RD 353/2025 (Guardia Civil) y RD 328/2026 (crea la SG de Protección Civil y Emergencias). Tipos de órgano: art. 55.3 de la Ley 40/2015.
- Cuatro ramas: SES (único órgano superior: DGP, DGGC, DG de RRII y Extranjería, DG de Coordinación y Estudios), SG de Instituciones Penitenciarias (DG de Ejecución Penal y Reinserción Social), SG de Protección Civil y Emergencias (DG de Protección Civil y Emergencias) y Subsecretaría (SGT + Política Interior + Tráfico + Víctimas del Terrorismo + Protección Internacional).
- Rangos: titulares de DGP y DGGC = rango de subsecretario. Gabinete del Ministro = dirección general; Gabinete de la SES, Oficina de Comunicación, CITCO, IPSS y Oficina Presupuestaria = subdirección general.
- Mando superior de las FFCCSE = Ministro; ejercicio del mando = SES.
- Gabinete de la SES: su titular es la Relatoría Nacional contra la Trata de Seres Humanos.
- CITCO: inteligencia criminal estratégica, criterios de coordinación en concurrencia, evaluación periódica de la amenaza, destrucción de alijos; de él dependen UNECI, ONIP (PIU) y TEPOL.
- Comité Ejecutivo de Coordinación: preside la SES, secretaría = DG de Coordinación y Estudios; incluye las dos DAO; no incluye a Protección Civil.
- DG de Relaciones Internacionales y Extranjería: acción exterior, NFPOC y NCC de Eurosur; 3 subdirecciones (Cooperación Policial Internacional; RRII, Inmigración y Extranjería; Asuntos Europeos).
- DG de Coordinación y Estudios: Estadística Nacional de Criminalidad, Unidad Nacional CEPOL, CNPIC, Servicio Central de Violencia de Género (VioGén), Oficina contra los delitos de odio, Centro Nacional de Desaparecidos, OCC (CSIRT-MIR-PJ, Observatorio de la Cibercriminalidad), CEPIC, subregistro OTAN/UE/ESA; de ella depende la IPSS, que dirige la ONGADH. No existe «Comisaría General de Ciberseguridad» autónoma.
- Protección civil (desde abril de 2026): Secretaría General propia; su DG tiene 3 subdirecciones (Anticipación y Preparación —con la Escuela Nacional—, Planificación y Gestión de Emergencias y Resiliencia y Recuperación); marco = Ley 17/2015; puede pedir la UME.
- Subsecretaría: representación ordinaria del Departamento; procesos electorales, registro de partidos y de asociaciones, utilidad pública, víctimas del terrorismo, protección internacional, Jefatura Central de Tráfico; adscritas la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada.
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